La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que regula la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para incluir a personas en la Lista de Personas Bloqueadas ante indicios de delitos como financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El Pleno determinó que el procedimiento garantiza el derecho de defensa, al prever plazos definidos, derecho de audiencia, posibilidad de ofrecer pruebas y la obligación de la autoridad de emitir resoluciones fundadas y motivadas, así como la opción de impugnarlas ante tribunales administrativos.

La Corte consideró que el bloqueo de cuentas es una medida administrativa y preventiva, orientada a proteger el sistema financiero y cumplir compromisos internacionales, sin que implique una sanción penal ni sustituya al ministerio público.

El Tribunal señaló que las disposiciones sobre delitos asociados y la exigencia de indicios suficientes garantizan la seguridad jurídica, ya que se refieren a delitos definidos en normas financieras y penales y requieren que la autoridad documente los elementos de riesgo y fundamente la inclusión en la lista.

En otros asuntos, la SCJN resolvió la validez de resoluciones que respaldaron la decisión de la Unidad de Inteligencia Financiera de incluir a una empresa y una persona en la Lista de Personas Bloqueadas y bloquear sus cuentas bancarias, conforme al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

La Corte concluyó que el bloqueo de cuentas es una medida cautelar administrativa para prevenir riesgos en el sistema financiero y que respeta la seguridad jurídica, al garantizar el derecho de audiencia y defensa de las personas afectadas.

El Pleno interrumpió criterios previos que exigían una solicitud extranjera detallada para el bloqueo de cuentas, al considerar que ello limitaba el cumplimiento de obligaciones internacionales y dificultaba la actuación oportuna de la UIF contra operaciones relacionadas con lavado de dinero.

Tendencias